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Tipos de comprobante ¿Cuándo utilizarlos?

El SAT estableció en el Anexo  20 tres tipos de comprobantes al momento de emitir un CFDI que son, “Ingreso, Egreso y Traslado”, pero ¿Sabes cuándo utilizar cada uno? A continuación haremos una breve explicación.

Ingreso.

Puede definirse como  el aumento de los bienes de una empresa.  Pues bien, lo utilizamos cada que vendemos o prestamos un servicio.

Antes de emigrar a factura electrónica se usaban diferentes tipos de comprobantes como:
  •          Factura.
  •          Recibo de Honorarios.
  •          Recibo de Arrendamiento.
  •          Nota de cargo.

Actualmente algunos proveedores los siguen incluyendo como tipo de documento, sin embargo en el XML se representa como “Ingreso”.

El efecto que tiene este comprobante para el emisor es de acumular sus ingresos, y en el receptor el de deducción.

Egreso.

Es lo opuesto a lo anterior es decir, una disminución de los bienes de una empresa. Entonces, éste se puede elegir cuando quien emite requiere reducir un monto ya facturado, por ejemplo:

Un proveedor quiere incentivar a su cliente para cobrar antes de la fecha pactada, se entiende que la venta fue a crédito a determinado plazo, pero el emisor desea cobrar antes de ese tiempo y para ello opta por hacerle un descuento por pronto pago. Pues bien, tendrá que emitir un CFDI  de tipo Egreso donde reduzca el monto de la primera factura.

El efecto de éste es para el emisor el de disminuir la acumulación de sus ingresos y para quien recibe, reducir el monto de deducción.

Traslado.

Este tipo de comprobante es el menos utilizado y quizá sobre el que más dudas surgen. Por eso, trataremos de dar una breve explicación de su utilidad.

El Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares en su artículo 74 menciona:

 “Los autotransportistas deberán emitir por cada embarque, una carta de porte debidamente documentada”.

Ya se pueden imaginar hacia dónde vamos.
Por otra parte la Regla 2.7.1.9 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 dice:

 “Para los efectos del artículo 29, último párrafo del CFF, los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar únicamente el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI o la representación impresa de dicho CFDI expedido por ellos mismos”

En efecto, el tipo de comprobante traslado representa  a una Carta Porte utilizada en el autotransporte de carga.

Es importante mencionar que este tipo no funge ni como ingreso ni egreso, solamente el de trasladar mercancías.

Por lo tanto quien reciba un CFDI Traslado no podrá deducir el gasto si no, hasta recibir el CFDI Ingreso por la transacción realizada.

Bibliografía:
Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares.
Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016.

Escrito por:
C.P. Carlos Cuéllar Lugo.

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